El Tribunal Supremo no da la razón a la Región de Murcia ni a la Diputación de Alicante en referencia a los caudales mínimos del trasvase Tajo-Segura. La Sala tercera desestima la suspensión cautelar solicitada por ambos contra el Real Decreto que aprobó la revisión de los planes hidrológicos de diferentes demarcaciones hidrográficas.